Minería
9 de marzo de 2015

SENTENCIA DE 21 DE AGOSTO DE 2014

El Consejo de Estado resuelve Acción de Tutela interpuesta por ANGLOGOLD ASHANTI COLOMBIA S.A. por la presunta violación al debido proceso y a la buena fe en la realización de la consulta popular en Piedras – Tolima, sobre la inconveniencia de la explotación minera aurífera en el municipio.

El Consejo de Estado resuelve Acción de Tutela interpuesta por ANGLOGOLD ASHANTI COLOMBIA S.A. por la presunta violación al debido proceso y a la buena fe en la realización de la consulta popular en Piedras – Tolima, sobre la inconveniencia de la explotación minera aurífera en el municipio.

La Corporación consideró que no le asiste razón al actor toda vez que permitir que un particular menoscabe el ejercicio del derecho constitucional que tienen los ciudadanos de manifestarse en favor o en contra de un asunto de gran importancia social constituiría una limitación injustificada y excesiva.

SENTENCIA DE 21 DE AGOSTO DE 2014, EXP. 11001-03-15-000-2013-02635-00(AC), M.P. CARMEN TERESA ORTIZ DE RODRIGUEZ

Juan Sebastián Bermúdez Garzón

Monitor Depto. Derecho Minero Energético

11001-03-15-000-2013-02635-00(AC)